lunes, 20 de abril de 2015

Fiscal tema 25 - programa anterior a 2015

Tema 25. Obligaciones impuestas a los Notarios en el Reglamento del Impuesto. Sanciones anejas a su infracción. Alcance de la advertencia prescrita en el artículo 70. Obligaciones relativas a documentos privados.

Ideas previas comunes a todos los fiscales.

Algunas dificultades que me planteaba este tema:
  • El epígrafe hace referencia a las obligaciones impuestas a los notarios en el reglamento y yo comentaba (brevemente) las obligaciones impuestas en la ley, que el 52 TR coincide sustancialmente con el 114 del Reglamento. ¿Quizás es que había que contar alguna otra cosa que no tengo identificada?
  • El artículo 70 no es el 70, sino otro.
  • En cuanto a los documentos privados con contratos sujetos al impuesto ¿se puede legitimar la firma (porque lo autoriza el 52 TRLITPAJD) o no (porque lo prohíbe el 258 RN)? 
En fin, que estas dudas hacían que el tema me resultara más complicado que la media.

Comentarios, como siempre, bienvenidos.

https://drive.google.com/file/d/0B8_L8PRVjRyERFZxWG9MMm9aLVU/view?usp=sharing

Ánimo.

5 comentarios:

  1. ¡Hola Marcos!
    Me da la impresión que en este tema también hay que hacer referencia al ISD.
    Gracias por todo el trabajo

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    1. Por ubicación, este tema lo veo centrado en ITP. ISD, se trata en los temas 7 a 11 salvo que expresamente se exija en otro sitio (como hace el tema 26). En el tema de Patricia Olivencia no se menciona ISD, Finalmente, la referencia a los documentos privados va muy en línea con el artículo 52 del TRITP y con el "artículo 70" del Reglamento del Impuesto, que era el RD 3494/1981 (derogado por el RD 828/1995, ambos sobre ITPAJD).

      ¿Estás pensando en una referencia concreta en un epígrafe concreto?

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    2. Debes de tener toda la razón, ya que he comprobado Carperi y tampoco hace referencia.

      Aún así, ya que el propio enunciado no habla claramente de ITPAJD (aunque pueda deducirse) y que son obligaciones del Notario que no se mencionan en ningún otro sitio; no he visto tan descabellado hacer referencia, bien al final o bien al hablar de cada articulo, a los artículos 32.3 y 33 de la Ley del ISD, que basicamente calcan 52 y 54 del ITP.
      Incluso al 110 LRHL, pero esto ya sería rizar el rizo.

      PD. Esto no es cosecha propia, no soy tan listo... Lo he sacado de un tema que me mandaron.
      De nuevo gracias por todo

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  2. tenéis el tema 25 y 27 de fiscal de notarías, pero actualizado? Los nuevos, que no tienen nada que ver con los que estáis hablando.

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